17 nov 2008


















Duplican las penas por captación
ilegal de dineros del público

Gobierno expide decreto de emergencia social mediante el
cual crea el tipo penal de la retención de recursos que será
aplicado a quienes no devuelvan inmediatamente los dineros
captados.

"Quien incurra en este tipo de delito purgará entre 120 meses y 240 meses y una multa de 150 mil salarios mínimos mensuales vigentes", señaló el ministro de Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio.

El aumento de las penas, anunciado de manera excepcional al amparo de la emergencia social, busca que quienes incurran en este delito no se beneficien de beneficios como el de la excarcelación.
También anunció que a quienes divulguen a través de los medios masivos de comunicación publicidad sobre pirámides u otro tipo de captaciones ilegales de dinero se les aumentará la pena en una cuarta parte.
Estas penas se aplicarán a quienes capten dineros y que después no los devuelva, agregó el ministro Valencia.
El delito de la retención se someterá a una pena entre 96 y 180 meses y una multa entre 133.33 a 15 mil salarios mínimos legales, agregó Valencia.
El funcionario agregó que quienes hicieron la captación, se pueden acoger al beneficio especial de rebaja de penas a través de jueces por devolver los recursos oportunamente.
Los que entreguen voluntariamente los dineros, tendrán el beneficio del Principio de Oportunidad.
El ministro también anunció la expedición de poderes especiales a los alcaldes para que procedan precautelativamente al cerramiento de locales en los que haya captaciones ilegales de dineros para comunicarla a la Superintendencia de Sociedades.
También, que los Gobernadores si conocen de la existencia de dichos locales les comunique a los alcaldes para que puedan actuar.
El propósito de la norma es el de impedir que esas empresas naturales y jurídicas continúen desarrollando estas actividades con el fin de proteger los recursos del público puestos en peligro.