REVISTA PLENARIA
Por CARLOS ADELMO LÓPEZ BENITEZ
La Revista Plenaria es una publicación con énfasis en la actividad legislativa y política que se desarrolla al interior del Congreso de la República Contiene NOTICIAS, ENTREVISTAS, REPORTAJES y CRÓNICAS relacionadas con personajes de la vida nacional, ademas de textos correspondientes a Leyes y Decretos de interés general para los Colombianos. Director: CARLOS A. LOPEZ B. Subdirector: JOSÉ J. CASTAÑEDA C.
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Salón Elíptico del Capitolio Nacional Lugar de la Plenaria del Congreso y recinto de sesiones ordinarias de la Cámara de Representantes |
La Revista Plenaria es una publicación con énfasis en la actividad legislativa y política que se desarrolla al interior del Congreso de la República Contiene NOTICIAS, ENTREVISTAS, REPORTAJES y CRÓNICAS relacionadas con personajes de la vida nacional, ademas de textos correspondientes a Leyes y Decretos de interés general para los Colombianos. Director: CARLOS A. LOPEZ B. Subdirector: JOSÉ J. CASTAÑEDA C.
Plenaria
Según el Diccionario de la lengua española © 2005 Espasa-Calpe:
plenario, ría
- adj. [Junta o reunión] a la que acuden todos los miembros de una corporación.
- m. Pleno, reunión o junta general de una corporación.
'plenaria' also found in these entries:
Inflexiones de 'plenario' (adj): f: plenaria, mpl: plenarios, fpl: plenarias
plenario, -ria adj.
1 Completo o entero, especialmente referido a una reunión, sesión o indulgencia: sesión plenaria.
— s. m.
2 Reunión general de un grupo o conjunto de personas determinado.
3 Parte del proceso criminal que sigue al sumario hasta la sentencia.
Diccionario Manual de la Lengua Española Vox. © 2007 Larousse Editorial, S.L.
plenario, -ria
adj. Lleno, entero, completo, total.
adj.-s. Pleno (reunión).
m. der. Parte del procedimiento penal que comienza cuando concluye el sumario, en el que se formulan los cargos y sen tencias.
Diccionario Enciclopédico Vox 1. © 2009 Larousse Editorial, S.L.
plenario, -ria (ple'naɾjo, -ɾja)
abreviación
abreviación
1. completo que es total una convocatoria plenaria
2. reunión que cuenta con la presencia de todos los integrantes de un grupo El gremio convocó a una sesión plenaria.
¿ A qué se denomina Plenaria en nuestro sistema político?
PLENARIA. Asamblea, junta o reunión o sesión general o conjunto de todos los componentes o miembros de una entidad u organismo colegiado ( cómara, comisión, corporación, etc. ) PLENARIA DE CADA CAMARA. También denominada cámara plena o cámara en pleno es la reunián o asamblea general de cada una de las cámaras del congreso (representantes y senadores) por separado. En la plenaria de cada cámara o cámara plena, sus miembros ya no laboran en comisiones o en cuerpos separados, sino conjuntamente, en un solo cuerpo donde están reunidos, la totalidad, la mitad mas uno o la mayoría que exija la Constitución, la ley o el reglamento interno de ellas.
PLENARIA DEL CONGRESO Y DE CADA UNA DE SUS CAMARAS. La plenaria o pleno del congreso de la republica y de cada una de sus cámaras (de Representantes y de Senadores) es el órgano decisorio supremo de cada uno de dichos organismos cuya voluntad expresa. El pleno o la plenaria del Congreso y de cada cámara cumple dos funciones importantes; representativa de la voluntad popular que lo elige y deliberante en cuanto a los asuntos que conocen o tramitan.
La Constitución colombiana destaca la importancia del pleno o la plenaria del Congreso y de las Cámaras, a quien han de entenderse atribuidas las facultades de éstos. Así una de las facultades de la plenaria o del pleno de cada camara es tramitar en segundo debate los proyectos de ley o de Acto Legislativo que hayan sido aprobados en primer debate por las Comisiones Constitucionales Permanentes. La plenaria o pleno del Congreso de laRepublicaesta constituido por 263 congresista (o su mayoría absoluta), la plenario o pleno de la Cámara de Representantes por 161 (o su mayoría absoluta) y la plenaria o pleno del Senado de la Republicapor 102 (o su mayoría absoluta).
SECCIONES ACCIDENTALES. Cuando surgieren discrepancias en las Cámaras (de Representantes y de Senadores) respecto de un proyecto de ley o de Acto Legislativo, ambas integraran comisiones accidentales que, reunidas conjuntamente, prepararán el texto que será sometido a decisión final ensesión plenaria de cada Cámara. Si después de la repetición del segundo debate persisten las diferencias, se considerara negado el proyecto (y se archivara).
DE LA CAMARA A LA CUAL PERTENECEN: INASISTENCIA DE LOS CONGRESISTAS. Los Congresistas perderán su investidura por la inasistencia, en un mismo periodode sesiones, a seis reuniones plenarias de la Cámara a la cual pertenecen en las que se voten proyectos de Acto Legislativo, de ley o Mociones de Censura.
DE LA RESPECTIVA CORPORACION: RENUNCIA ACEPTADA. Son faltas absolutas (de los elegidos en forma directa por los ciudadanos colombianos), además de las establecidas por la ley, las que se causan por muerte, renuncia motivada y aceptada por la plenaria de la respectiva corporación, perdida de investidura, incapacidad física permanente y sentencia condenatoria en firme dictada por autoridad judicial competente.