REFORMA AL CÓDIGO PENITENCIARIO
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Permitirán que periodistas ingresen a cárceles
del país
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El gobierno nacional decidió cambiar el artículo
en la reforma al código penitenciario.
Por Carlos Adelmo Lòpez B. - Especial para - Revista Plenaria-
Con importantes propuestas fue
radicado el Informe de Ponencia para tercer debate del proyecto de ley que
busca modificar el Código Penitenciario.

El artículo establece que de
incumplirse este registro se cometería una falta disciplinaria grave.
Uno de los cambios presentados
ante la Comisión Primera del Senado le apunta a establecer “especiales condiciones
de reclusión para los sindicados y condenados que hayan sido postulados a la
pena alternativa prevista en la Ley 975 de 2005 o que se hayan desmovilizado
como consecuencia de un proceso de paz con el Gobierno Nacional”.
Lo anterior, bajo la premisa del
enfoque diferencial que establece también condiciones especiales de reclusión a
las personas según su género, edad, pertenencia a minorías étnicas, orientación
sexual, situación de discapacidad, entre otros.
En el capítulo del servicio
médico penitenciario y carcelario, se incluyeron propuestas que le apuntan a
que los egresados de los programas de educación superior del área de la Salud
puedan, previa reglamentación que se expida para tal fin dentro del año
siguiente a la promulgación de la ley, llevar a cabo su servicio social
obligatorio en los establecimientos penitenciarios y carcelarios.
En cuanto a los jueces de
Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, la propuesta incluye que en los
establecimientos donde no existan permanentem
ente jueces de este tipo éstos
deberán realizar al menos dos visitas semanales a los establecimientos de
reclusión que les sean asignados.
También se endurecen las
sanciones para quienes hagan un uso indebido de telecomunicaciones en los
centros de reclusión, estipulando que el uso del teléfono celular por fuera de
los casos autorizados será considerado como falta gravísima para el funcionario
que así lo permita o facilite.
En cuanto a la asignación de
recursos para el sistema carcelario, también se propuso un artículo nuevo que
incrementa a un 60% los ingresos provenientes de los derechos por registro de
instrumentos públicos y otorgamiento de escrituras destinados a la
Superintendencia de Notariado y Registro, a partir del año 2014. Este
incremento (10%) se destinaría exclusivamente a la adquisición de terrenos, el
diseño, construcción, refacción, reconstrucción y equipamiento de los
establecimientos de reclusión a cargo de la Nación.
Asimismo, se presentan
propuestas en términos de clasificación de los establecimientos de reclusión,
de tal forma que además de Cárceles de detención preventiva, Penitenciarías,
Centros de arraigo transitorio, Cárceles y penitenciarías de alta seguridad,
Cárceles y penitenciarías para mujeres, Cárceles y penitenciarías para miembros
de la Fuerza Pública Pública; y Colonias agrícolas,
También se sugieren otros dos
tipos: Casas para la detención y cumplimiento de pena por conductas punibles
culposas cometidas en accidente de tránsito o en ejercicio de profesión u
oficio; y los Establecimientos de reclusión para inimputables por trastorno
mental y personas con trastorno mental sobreviniente, bajo la dirección y
coordinación del Ministerio de Salud y Protección Social, en los cuales será
recluidas las personas con trastorno mental permanente o transitorio con base
patológica.
De igual forma, se proponen
nuevos artículos relacionados con los requisitos para conceder la prisión
domiciliaria, el control de la medida de prisión domiciliaria, la ejecución de
la medida de prisión domiciliaria, la redención de la pena durante la prisión
domiciliaria y sobre el pago del mecanismo de vigilancia electrónica, entre
otros.
Este proyecto inicia de esta
manera su tercer y penúltimo debate antes de ser aprobado como ley de la
República.