Esta norma reduce requisitos para la revocatoria de alcaldes y
gobernadores.
Por JOSÉ JOAQUÍN CASTAÑEDA CANTOR - Especial para Revista Plenaria -
Por JOSÉ JOAQUÍN CASTAÑEDA CANTOR - Especial para Revista Plenaria -

Esta norma, aprobada en la pasada legislatura, fue devuelta al
Congreso luego de que la Corte Constitucional encontrara errores de
procedimiento durante su trámite. Según el alto tribunal, esta norma debió
votarse nominalmente por ser una iniciativa de carácter estatutario, pero esto
no lo hizo el Senado.
Esta corporación, que tenía 30 días (que se vencían este martes)
para subsanar el error de trámite, se la regresó a la Corte Constitucional
con una votación de 54 votos a favor y solo 2 en contra.
En el país político existe expectativa frente a los alcances de la norma,
en la medida en que, dependiendo del pronunciamiento que haga la Corte frente a los tiempos
en que se puede aplicar, podría ser utilizada por quienes impulsan la
revocatoria del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.
Esta norma reduce del 50 al 30 por ciento las
firmas necesarias para convocar a una revocatoria, tomando como base el número de personas que votaron en la
elección de la que salió ganador el mandatario al que se quiera revocar.